El Juzgado Primero Civil del Circuito de Soledad, Atlántico, ha ratificado una contundente sanción contra la alcaldesa Alcira Sandoval por desacato. La medida surge tras confirmarse su flagrante incumplimiento de una orden de tutela. Esta orden buscaba proteger a familias en situación de extrema vulnerabilidad, dejando al descubierto una grave omisión administrativa.La decisión, emitida en segunda instancia por el juez Elkin Jesús Rodríguez Campo, subraya la falta de acciones efectivas por parte de la administración municipal de Soledad. Se constató que, pese a las directrices judiciales, no se implementaron las garantías necesarias para salvaguardar a los afectados.
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Todo comenzó con una tutela que exigía a la Alcaldía de Soledad adoptar medidas concretas y urgentes para proteger a 77 personas. Estas familias se encontraban en riesgo de desalojo en la finca Los Ángeles, y la justicia demandaba garantías antes de cualquier procedimiento. Sin embargo, las acciones reportadas por la administración municipal resultaron insuficientes.El despacho judicial fue categórico al concluir que las respuestas de la Alcaldía no lograron satisfacer los requerimientos legales. «Persistió la omisión, al evidenciar que las acciones reportadas no garantizaban de forma material el cumplimiento de la orden judicial», señaló la resolución, poniendo en evidencia la ineficacia de la gestión.

Un análisis exhaustivo del expediente reveló que, hasta la fecha de la providencia sancionatoria, ninguna de las medidas exigidas había sido implementada. Esto configuró un incumplimiento fáctico del mandato judicial, dejando a las familias desprotegidas.El fallo de segunda instancia fue contundente: «El cumplimiento no puede inferirse de actuaciones preparatorias, de proyecciones futuras ni de gestiones administrativas en curso, sino que exige la acreditación cierta de la materialización efectiva de las medidas ordenadas». No basta con intenciones, se requieren hechos concretos.

Durante el proceso, la administración alegó limitaciones presupuestales y atribuyó la responsabilidad a la Secretaría de Gobierno. Asimismo, expuso que el desalojo había sido reprogramado para el mes de julio, extendiendo, según ellos, el plazo para acatar la orden de protección.No obstante, el juez fue claro al considerar que estos argumentos no justificaban el incumplimiento. «La sola modificación de la fecha del desalojo no explica ni justifica la omisión en la entrega de las medidas de protección ordenadas», resolvió el juzgado, desestimando las excusas.
¡Escándalo! Persistencia en el Incumplimiento Deriva en Arresto y Multa para Alcaldesa de Soledad
El expediente judicial ha sido un verdadero vaivén. En noviembre de 2025, el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Soledad había determinado que no procedía sanción contra la alcaldía, argumentando que el aplazamiento del desalojo ofrecía tiempo para cumplir la orden.Sin embargo, en marzo de 2026, el Tribunal Superior de Barranquilla revocó esa decisión, identificando graves deficiencias en la valoración de las pruebas. Ordenó reabrir el caso, lo que sentó las bases para el desenlace actual y la ratificación de la sanción.

El reciente pronunciamiento judicial concluyó que la administración local persistió en el incumplimiento, ratificando la sanción contra Sandoval. El juzgado señaló una clara negligencia para ejecutar las acciones requeridas.»La persistencia del incumplimiento permite concluir que la administración no desplegó una conducta diligente y eficaz orientada a materializar la orden de tutela», indicó el fallo. También subrayó que no existían obstáculos insalvables que impidieran el cumplimiento.El juez sentenció: «El incumplimiento no obedece a una imposibilidad real e insuperable, sino a una gestión ineficiente y negligente frente a un mandato judicial claro, vigente y exigible». La justicia no toleró la inacción ante una obligación tan sensible.

Ahora, la alcaldesa Alcira Sandoval enfrenta una severa sanción personal: privación de la libertad durante tres días y una multa económica significativa. Este revés no solo impacta su gestión, sino que también genera un fuerte costo político.El juzgado ha dispuesto que, tras la sanción, el expediente retorne a su despacho de origen para continuar con el trámite correspondiente. Este caso es un claro recordatorio de la relevancia de cumplir, de manera efectiva, las órdenes judiciales.Especialmente cuando están en juego derechos fundamentales de poblaciones vulnerables. El proceso deja claro que los alegatos administrativos y las gestiones incompletas no eximen a los funcionarios de su obligación de garantizar la protección ordenada por la justicia.La resolución reitera la necesidad imperante de actuaciones diligentes por parte de las autoridades locales. Subraya que la protección de los derechos fundamentales no admite dilaciones, excusas administrativas ni gestiones a medias.
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