Jorge Eliécer Quesada Gaita, quien era latonero y pintor de carros en el municipio de Pitalito, terminó ayudando a las disidencias de alias ‘Calarcá’. El hombre se encargaba de conseguir armas, vehículos y equipos de telefonía, entre otros roles. Quesada Gaita terminó aceptando cargos y condenado. “El comportamiento ilícito del procesado constituye un riesgo directo para la comunidad y, de manera especial, para sus propios hijos…Al momento de cometer el delito, ignoró las afectaciones emocionales para su familia, y ahora pretende escudarse en ellas para evadir la pena de prisión”, dijo el juez de conocimiento.
Rafael Rodríguez C.
rafael.rodriguez@lanacion.com.co
Jorge Eliécer Quesada Gaita, alias ‘Guardián’, quien se dedicaba a la latonería y pintura de carros en el municipio de Pitalito, dejó de un lado su oficio para ayudar a las disidencias de alias ‘Calarcá’ a delinquir en municipios del centro y sur del Huila. Ahora pagará una condena de prisión tras confesar sus andanzas.
La revelación fue hecha por el Fiscal 106 Especializado de Neiva adscrito a la Dirección Especializada de Fiscalías contra el Crimen Organizado, en la acusación contra el hombre ante el Juez Tercero Penal Especializado de Neiva.
Quesada Gaita, de 32 años de edad, luego de conocer una a una las pruebas documentales y testimoniales en su contra decidió acercarse al fiscal que lo había acusado del delito de concierto para delinquir agravado, y ‘negociar’ la pena para conseguir una rebaja considerable de la pena.
El fiscal en la acusación explicó que la investigación contra Quesada Gaita, alias ‘Guardián’, inició con la información entregada a funcionarios del Gaula Élite de la Policía, sobre la presencia de disidencias del bloque ‘Jorge Suárez Briceño’, comandado por Alexander Díaz Mendoza, alias ‘Calarcá Córdoba’, en límites del Huila con los departamentos del Caquetá y Meta.
“Estaría haciendo presencia un grupo armado organizado encargados de ejercer control territorial mediante el uso de armas de fuego, partes, municiones, explosivos de uso personal, restringido y privativo de las Fuerzas Militares y la utilización de uniformes o prendas de uso privativo de la fuerza pública”, dijo el funcionario judicial.
Sostuvo que teniendo como principal actividad delincuencial el cobro de extorsiones a empresas y civiles a través de panfletos y citaciones con imágenes alusivas al grupo disidente. “Posteriormente son entregados o difundidos en sus zonas de injerencia para el recaudo de dineros que nutren sus finanzas criminales”.
Agregó que, además, quienes no se acogen a sus políticas de control como horarios, carnetización, colaboración, extorsión y demás, son amenazados de muerte, desplazados o finalmente asesinados, “actuaciones a través de las cuales se pone en peligro el bien jurídico tutelado de la seguridad pública y otros de manera indirecta como la vida y la integridad física, la libertad de locomoción, la paz y la convivencia pacífica”.
El rol de alias ‘Guardián’
Precisó el fiscal que se logró establecer que en el grupo delincuencial se encontraba contribuyendo a las actividades ilícitas Jorge Eliécer Quesada Gaita, alias ‘Guardián’.
Aseguró que el hombre se concertó con otras personas como Yurley Karine Valderrama Cardona alias ‘La Chiquita o la Doctora’ y Yesid Mora Vargas alias ‘El Gallero’, para ser miembro del frente ‘Rodrigo Cadete’, del bloque ‘Jorge Suárez Briceño’, del Estado Mayor de Bloques y Frentes, liderados por alias ‘Calarcá Córdoba’.
Las pesquisas establecieron que el frente disidente tiene injerencia en los municipios de Hobo, Gigante, Garzón, Altamira, Suaza y Acevedo, en límites con el departamento del Caquetá, tanto en áreas rurales como urbanas, desde el año 2023. “Ejerciendo control territorial total y permanente en los sitios ya referidos”, manifestó el fiscal.
Sostuvo el delegado de la Fiscalía que Jorge Eliécer Quesada Gaita hacía parte de la agrupación delincuencial desde marzo de 2025 hasta el 17 de noviembre de 2025, cuando fue capturado desempeñándose como parte de las redes de apoyo a estructuras residuales.
El hombre era encargado de adquirir vehículos, armas, partes, municiones y equipos de telefonía. “Además, tenía como función verificar la seguridad de las vías para los desplazamientos del componente armado que se encuentra en áreas rurales del departamento del Huila y también participaba en la convocatoria de personas a reuniones clandestinas para exigencias extorsivas”, indicó el fiscal.
Manifestó el funcionario judicial que Quesada Gaita “tenía la capacidad de comprender lo ilícito de sus actos y autodeterminarse de acuerdo con esa comprensión y tenía la posibilidad fáctico-social de actuar de otro modo, exigiéndosele, por tanto, no haber participado o hacer parte de la empresa criminal, sino comportarse acorde a derecho”.
“No tuvo en cuenta la sus hijos”
El fiscal celebró preacuerdo con Quesada Gaita, pactando las partes a cambio de la declaratoria de culpabilidad del delito que se le imputó, conceder hasta la mitad de la rebaja de pena prevista.
“Se tiene que la aceptación libre y voluntaria de los cargos por parte de Jorge Eliécer Quesada Gaita, mediante la modalidad de preacuerdo, aunado a los elementos materiales probatorios, configuran el mínimo probatorio, resultando éstos suficientes para desvirtuar el principio de presunción de inocencia”, dijo el Juez Tercero Penal Especializado al aprobar el preacuerdo.
Indicó que conforme a la realidad de los hechos señalados por el fiscal no existe duda alguna que, Jorge Eliécer Quesada Gaita, integraba el frente ‘Rodrigo Cadete’, del bloque ‘Jorge Suárez Briceño’. “Concertándose con los integrantes de dicho grupo armado para cometer delitos relacionados con homicidios, extorsiones, desplazamiento forzado, terrorismo y tráfico de armas de uso privativo de la fuerzas militares, realizando un aporte importante al desempeñarse como integrante de las redes de apoyo a estructuras residuales del frente”.
Agregó que el procesado se desempeñaba un rol claro, “era integrante de redes de apoyo a estructuras residuales, encargándose de dinamizar elementos logísticos, adquiriendo vehículos, armas, partes, municiones, equipos de telefonía, verificaba la seguridad de las vías para los desplazamientos del componente armado y también participaba en la convocatoria de personas a reuniones clandestinas para exigencias extorsivas”.
Sostuvo que la seguridad pública estuvo en peligro por el accionar del hombre. “Es claro que el comportamiento del procesado puso en peligro de forma cierta y sin causa que lo justificara, el bien de la seguridad pública el cual resulta lesionado cuando se perturba o altera la tranquilidad de la comunidad y se genera desconfianza colectiva para el ejercicio de las actividades cotidianas”.
Además, señaló que el aceptar los delitos acredita su responsabilidad. “El asentimiento de los cargos por medio de preacuerdo, conlleva como consecuencia el reconocimiento por parte de la acusada, que se encuentra plenamente acreditada la materialidad y culpabilidad de las conductas punibles, lo que además se respalda con los documentos aportados por el agente acusador y reconocidos por el procesado y su defensa en la verbalización del preacuerdo…”.
Para el juez el comportamiento del hombre también puso en peligro el bienestar de sus hijos, de su familia. “Provocó un estado de zozobra en la sociedad, donde sin el menor reparo moral y sin ninguna consideración con la población en general, Jorge Eliécer emprendió una acción criminal eminentemente dolosa y sin pensar y reconocer las consecuencias propias y para los demás de su actuar ilícito, dejando entonces mucho que desear su comportamiento personal, familiar y social”.
Sostuvo que tampoco tuvo en cuenta las afectaciones emocionales de su familia. “El comportamiento ilícito adoptado por el aquí sentenciable de por sí resulta peligroso para la comunidad y principalmente para sus hijos, ya que, reiteramos, atenta contra la seguridad pública y es una actividad ilícita que conlleva una serie de acciones y eslabones que estructuran toda una empresa criminal; y entonces, es el propio procesado quien coloca en riesgo inclusive, se repite, a sus hijos, no resultando de gran ejemplo su comportamiento; más aún cuando para el momento de la comisión del punible no tuvo en cuenta las eventuales afectaciones sociales, económicas y emocionales de sus hijos y de su compañera sentimental, sino ahora para escudarse de la pena privativa de la libertad”.
El juez luego del estudio del preacuerdo halló responsable a Jorge Eliécer Quesada Gaita, como autor del delito de concierto para delinquir agravado y lo condenó a la pena de cinco años y 3 meses de prisión y multa de 1749.9 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($3.064.066.240,95).
El togado, además, le negó la prisión domiciliaria, y los mecanismos sustitutivos de la pena de prisión, “debiendo purgar la pena impuesta privado de la libertad en el establecimiento carcelario que para el cumplimiento de la pena designe el Inpec”.






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