Una condena ejemplar deberá pagar John Jader Cruz España, por agredir sexualmente a una niña de trece años de edad en Neiva. El depravado no solo le hizo tocamientos en sus partes íntimas sino que también la accedió. La primera violación fue cuando cumplió los trece años. “La víctima es clara en señalar esos actos libidinosos, la forma, su ocurrencia con frecuencia…”, dijo el juez de conocimiento.
Rafael Rodríguez C.
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Diez meses de tocamientos indebidos, violación y vejámenes sufrió una niña de tan solo trece años de edad, a manos de John Jader Cruz España, amigo de la mamá, en el sur de Neiva. El depravado recibió una condena ejemplar.
“Encuentra este servidor judicial probada la teoría del caso de la Fiscalía, que esa historia o denuncia o hechos no pudo ser inventada por la menor, pues además de ser coherente, es creíble, señaló los hechos tempero-espaciales, el modo…”, dijo en la sentencia de primera instancia Juan Carlos Ortiz Rivera, juez Segundo Penal del Circuito de Neiva con Funciones de Conocimiento.
En la audiencia de acusación contra Cruz España, la fiscal Quince Seccional de Neiva, Johanna del Socorro Mosquera Jiménez, manifestó que las agresiones sexuales contra la menor se presentaron cuando la víctima contaba con 13 años de edad. “Esto para el día de su cumpleaños, el 19 de julio de 2023…”.
Los abusos sexuales ocurrieron en horas de la tarde, en la vivienda de su mamá, ubicada en la carrera 29 calle 32, en el conjunto ‘María Paula’, sur de la capital huilense. “John Jader Cruz España, quien iba a la casa, aprovechaba que la menor se encontraba sola y estaba profundamente dormida, le tocó de manera libidinosa los senos y piernas por encima de la ropa, la menor se despierta y se percata de tal situación le pide que no la toque más, a lo que hace caso omiso, manifestándole que era muy linda y debía dejarse”, reveló la fiscal.
Indicó que a mediados del mes de octubre de 2023, John Jader Cruz España, volvió a tocarle la vagina con su miembro viril a la menor. “Le introducía los dedos en la vagina a la menor, se aplicaba un líquido de color azul en el pene e intentaba introducírselo en la vagina… pegándole nalgadas con su miembro a la menor. La primera vez que esto ocurrió, la menor presentaba sangrado, dolor en la vagina, las piernas le temblaban involuntariamente…”.
Sostuvo que las agresiones sexuales se volvieron a presentar diariamente hasta mayo del año 2024, en donde Cruz España, llegaba le tocaba los senos y piernas. “Hacía que la menor abriera las piernas para tocarle la vagina…”.
La menor reveló lo que le estaba pasando, el 23 de mayo de 2024, cuando Claudia Patricia Peña Valencia, coordinadora de la institución educativa ‘Colegio Campestre Padre Arturo’, la abordó debido a que presentaba actitudes extrañas en el colegio.
“La menor procedió a contarle los abusos de los cuales estaba siendo víctima por parte de su padrastro, el señor John Jader Cruz España, seguidamente le comunicaron la situación a la abuela de la menor, quien denunció los hechos objeto de investigación”, manifestó la fiscal Mosquera Jiménez.

‘No se sentía segura en su casa’
En el juicio oral el fiscal del caso señaló que l escenario de revelación de los hechos ocurrió en el colegio donde estudiaba la menor, cuando se lo comunicó a la coordinadora, quien llamó a la abuela paterna de la niña para enterarla de la situación emocional por la que atravesaba la menor.
La mamá de la menor en el juicio manifestó que se había enterado de los supuestos abusos sexuales de su hija por un chat de WhatsApp que le había enviado un amigo de la niña. Recordó que el joven le envió una captura de WhatsApp, vista previa de una parte de conversación que él había tenido con su menor hija, donde ésta le dice a él que John Jader la tocaba dormida, que le hacía bajar los pantalones y le hacía masajes.
La menor en diligencia ante el juez señaló que no se dio cuenta a qué horas salió su mamá de la casa y cuando estaba dormida empezó a sentir que le tocaban sus brazos, las piernas, le dijo que no la tocara más y siguió durmiendo, que la persona que la estaba tocando era John Jader Cruz España, y eso ocurrió cuando acababa de cumplir los 13 años de edad.
Manifestó la niña que otro suceso ocurrió en el mes de octubre de 2023, cuando estaba descansando en su cuarto, se había quedado dormida, y sintió otra vez que la estaban tocando, le dijo que la dejara quieta pero que él le dijo le iba a gustar y le metió los dedos en la vagina y ella le dijo que no quería, salió para el baño y se encerró y él salió, estaban solos en la casa, pues su mama estaba trabajando.
Indicó que “era la mayoría de las veces”, que él abusaba de ella, al señalar le contó a un amigo del colegio que estaba conociendo, al otro día ella le contó a la coordinadora del colegio, fue cuando ella le dijo que no podía seguir viviendo en la casa de la mamá y que tenía que hablar con la abuela paterna quien era su acudiente para seguir con la ruta de protección.
Sostuvo la menor que, John Jader no le hizo ningún tipo de ofrecimiento, solo que le iba a gustar y que tenía que quedarse callada, pero como él sabía que ella no le tenía mucha confianza y tampoco tenía una buena relación con su mamá, por eso nunca le iba a contar esas cosas.
La psicóloga de la Defensoría Segunda del Centro de Atención Integral a las Víctimas de Violencia Sexual (Caivas), manifestó que se identificaba en la menor conflictos emocionales de culpa, el abandono, el miedo, ya que su malestar principal se centraba en el posible “daño” que le causaba la situación a su progenitora y lo difícil para ella exteriorizar sus pensamientos y sentimientos relacionados con los hechos.
“Estaba en una dicotomía personal de acuerdo a los hechos, es decir, su principal preocupación era dañarle ese proyecto de vida a su mamá, pero también se sentía desprotegida de saber que su mamá igual no tomaba cartas en el asunto. Es decir, su principal dificultad fue no haber expuesto lo sucedido a una persona cercana a tiempo”.
La coordinadora indicó en el juicio que la menor había cambiado mucho en su estado de ánimo y sus actitudes, porque pasó de ser una niña muy activa, que participaba en danzas, en teatro, en música, pero que posteriormente la vio triste y apagada.
Sostuvo que la niña le manifestó que se sentía incómoda, que no quiere estar más en la casa de su mamá. “La menor manifiesta que desea hablar, expresa no sentirse segura en su casa por la presencia del compañero sentimental de su mamá y que desea regresar a la casa de los abuelos paternos. Que preguntársele las razones, la niña socializa que ha sido tocada y que se siente muy incómoda por la manera en que es observada y le habla”.
‘Conversaciones del WhatsApp revelaron los abusos’
El juez Ortiz Rivera sostuvo que el testimonio de la menor, donde le hace un señalamiento claro y directo a la persona que abuso de ella haciéndole esos vejámenes y tocamientos en su cuerpo, senos, vagina y cola, John Jader Cruz España, es claro. “La víctima es clara en señalar esos actos libidinosos, la forma, su ocurrencia con frecuencia, tanto en su cuarto donde dormía, como también en la habitación de su progenitora”.
Agregó, además, que la declaración no solo es creíble, sino coherente, clara y contundente, pese a que en su declaración indicó no quererle hacerle daño a su progenitora, siempre pensaba en la reacción de ella, no obstante, la victima también se sentía mal, hostigada por John Jader.
El juez señaló que como se trata de un delito llamado a puerta cerrada, el testimonio directo e incriminatorio de la menor, al señalar a su victimario, agresor y hostigador Cruz España, al referir que este se aprovechaba cuando se encontraban solos en la casa, este servidor judicial le da plena credibilidad a la menor, por varias circunstancias.
“No le resta credibilidad el hecho que la menor no hubiera denunciado antes los hechos; pues en la norma no hay una línea de tiempo para denunciar; tampoco que no le quiso contar a su progenitora, ni a su abuela materna con quien tenía confianza, ni a su abuela paterna, solo le contó tiempo después a su amigo, después a la coordinación del colegio…la entrevista que rindió la menor ante la psicóloga Clara María Ramírez Silva, donde la menor narra lo sucedido, sus cambios comportamentales de ya no querer ser sociable y alegre, su bajo autoestima y ansiedad, al comerse las uñas inclusive y con intensiones suicidas”, explicó la operadora judicial.
Reiteró que todos estos presupuestos, conllevan o apuntan a que efectivamente la menor si era objeto de un abuso sexual por parte de John Jader Cruz España, en las circunstancias que narró la menor, que lo hacía en las tardes, que trataba de salir más temprano de su trabajo en la empresa donde trabaja para realizarle los vejámenes sexuales.
“Encuentra este servidor judicial probada la teoría del caso de la Fiscalía, que esa historia o denuncia o hechos no pudo ser inventada por la menor, pues además de ser coherente, es creíble, señaló los hechos tempero-espaciales, el modo, la forma en que fue tocada y accedida, que no solo le comentó a su abuela paterna, sino también en el colegio a la coordinadora, también a su novio a través de las conversaciones del WhatsApp, las cuales fueron publicitadas e incorporadas en el juicio oral por la madre de la menor, donde se estaba revelando los abusos que había sido víctima la”, señaló el operador judicial.
Según el juez la defensa de John Jader Cruz España, no aportó elementos probatorios que “controvirtieran de manera clara y efectiva la teoría del caso de la Fiscalía”.
El togado terminó condenando a Cruz España a la pena de 20 años de prisión al responsable de los delitos acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado, actos sexuales con menor de catorce años agravado y acceso carnal abusivo o acto sexual abusivo con incapaz de resistir agravado.






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