La compleja y prolongada pugna entre la Refinería de Cartagena (Reficar) y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ha ingresado en un nuevo capítulo de alta tensión. La entidad tributaria colombiana ha emitido una notificación formal que exige a la filial de Ecopetrol un cuantioso pago por el concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Este reciente requerimiento asciende a la significativa suma de 17.406 millones de pesos, correspondiente al IVA generado por la importación de combustibles. Fuentes cercanas a Reficar han manifestado su preocupación ante la inminencia de posibles repercusiones financieras directas, incluyendo la activación de medidas cautelares como embargos que podrían afectar la operatividad de la refinería.

Reficar Contrataca con Acciones Legales

Frente a esta nueva arremetida fiscal, Reficar no ha tardado en anunciar su estrategia de defensa. La compañía ha confirmado que interpondrá una nueva acción de tutela, una figura legal clave en el sistema jurídico colombiano para proteger derechos fundamentales. Esta acción estará acompañada por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, buscando invalidar la decisión de la Dian y salvaguardar sus activos de cualquier embargo.

La intención de Reficar es clara: evitar que la presión tributaria se traduzca en un menoscabo de su capacidad operativa y financiera. La disputa, que se ha extendido por varios años, pone de manifiesto interpretaciones divergentes sobre la aplicación de la normativa fiscal en el sector de hidrocarburos.

La Postura Firme de la DIAN

La notificación de la Dian, dirigida al apoderado especial de Reficar, Mauricio Alfredo Plazas, y a la firma de mensajería DHL, se fundamenta en varios artículos del Decreto Ley 920 de 2023, específicamente los 141, 142, 146, 150 y 151. Esta base legal subraya la rigurosidad con la que la entidad busca hacer cumplir su interpretación de la ley tributaria.

El punto central de la controversia radica en la base gravable del IVA para las importaciones de gasolina y ACPM. La Dian argumenta que la base gravable especial, establecida en el artículo 465 del Estatuto Tributario, no es aplicable en estos casos. En su lugar, insiste en que estas importaciones deben sujetarse a la regla general del artículo 459, lo que implica el pago de un IVA del 19% sobre el valor del producto.

Esta interpretación choca frontalmente con la defendida por Reficar y Ecopetrol, quienes sostienen que la aplicación de la normativa por parte de la administración tributaria es errónea y contradice la doctrina vigente sobre el asunto. La discrepancia no es menor, pues define si se aplica una base reducida o la tarifa general, lo que genera diferencias multimillonarias.

Un Historial de Millonarios Reclamos

Es fundamental contextualizar que este reciente cobro de 17.406 millones de pesos no es un hecho aislado, sino que se suma a una serie de exigencias previas por parte de la Dian. Hace apenas cinco días, la entidad había emitido una resolución en la que reclamaba a la petrolera una cifra astronómica de 1.3 billones de pesos, también por concepto de IVA sobre importaciones, pero correspondiente a periodos fiscales anteriores.

El origen de este complejo pleito se remonta al 20 de diciembre de 2024. En esa fecha, la Dirección Jurídica de la Dian emitió el Concepto 010763, un documento que marcó un antes y un después al derogar interpretaciones previas y redefinir cómo debía calcularse el IVA en la importación de combustibles. A partir de entonces, se determinó que la base gravable general del artículo 459 del Estatuto Tributario prevalecía sobre la especial del 465.

Este cambio interpretativo, calificado por la industria como «intempestivo» y que generó gran revuelo, fue aplicado con carácter retroactivo por la Administración de Aduanas de Cartagena a las importaciones realizadas durante los últimos tres años. El resultado ha sido la emisión de requerimientos y liquidaciones especiales que, en su conjunto, alcanzan una cifra asombrosa de aproximadamente 7.76 billones de pesos, consolidándose como la controversia tributaria de mayor magnitud en la historia económica de Colombia.

Riesgos para el Suministro y el Consumidor Final

La Dian ha defendido su posición argumentando que sus decisiones se basan en razones técnicas y fiscales sólidas, cuyo objetivo es «garantizar la neutralidad del impuesto y la trazabilidad del ingreso al productor o importador». La entidad insiste en que el precio de compra y la base gravable deben alinearse estrictamente con la ley, sin supeditarse a políticas de mercado o estimaciones particulares que no se ajusten al marco normativo.

Desde Ecopetrol, la casa matriz de Reficar, se ha reiterado que la empresa no escatimará esfuerzos en recurrir a todas las vías judiciales disponibles para detener cualquier intento de embargo. Un vocero del grupo petrolero enfatizó que «la tutela busca evitar una afectación patrimonial indebida y garantizar el restablecimiento de los derechos vulnerados», haciendo hincapié en la importancia estratégica de Reficar para el abastecimiento nacional.

Aunque la Dian ha aclarado que, por el momento, no se ha iniciado formalmente ningún proceso de embargo, las advertencias de Reficar son preocupantes. La refinería ha alertado que un eventual freno operativo, derivado de un embargo, podría comprometer hasta la mitad de la capacidad de refinación del país, lo que equivaldría a 183.200 barriles diarios. Una situación así podría desencadenar una crisis de desabastecimiento de combustibles con graves consecuencias.

Expertos del sector han hecho sonar las alarmas sobre el impacto directo en el bolsillo de los colombianos. Si el cobro de este IVA se traslada al consumidor final, el precio del galón de gasolina podría experimentar un incremento de aproximadamente 1.300 pesos. Este aumento representaría un golpe considerable para el presupuesto de los hogares y, de manera particular, para el vital sector del transporte de carga, con efectos inflacionarios en toda la cadena productiva.

Un Litigio con Larga Data y Futuro Incierto

El historial de confrontaciones fiscales entre Reficar, Ecopetrol y la Dian es extenso. Ya en mayo de 2025, la entidad tributaria había exigido a Ecopetrol y su filial el pago de 9.4 billones de pesos por el mismo concepto de IVA en importaciones de combustible. De esa cifra, 6.1 billones correspondían directamente a Ecopetrol, 1 billón a Reficar y 2.3 billones a intereses moratorios acumulados, demostrando la complejidad y la magnitud del desafío financiero.

A pesar de las profundas diferencias interpretativas y los multimillonarios litigios, Ecopetrol ha manifestado su compromiso con el cumplimiento fiscal, habiendo abonado el 19% del IVA desde enero de 2025. No obstante, la petrolera mantiene su insistencia en que la autoridad competente para definir la base gravable en la importación de combustibles debería ser el Ministerio de Minas y Energía, y no la Dian, dada la influencia del ministerio en la fijación de precios de los productos refinados.

La resolución de esta disputa no solo afectará las finanzas de una de las empresas más importantes del país, sino que también sentará un precedente crucial para la interpretación y aplicación de las normas tributarias en el sector energético, con posibles ramificaciones para la estabilidad económica y el costo de vida de los colombianos.

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