El Gobierno de Colombia, a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, ha emitido el Decreto 1166 de 2025, una medida que busca agilizar la ejecución de programas de mejoramiento y autoconstrucción de vivienda en el país. Esta normativa, firmada el 4 de noviembre, promete transformar los procesos administrativos para facilitar el acceso a soluciones habitacionales.
La principal novedad del Decreto 1166 radica en la eliminación de la obligatoriedad de la licencia de construcción para este tipo de proyectos. En su lugar, el nuevo marco legal establece que bastará con certificaciones técnicas emitidas por un profesional idóneo, quien deberá avalar el cumplimiento de las normativas técnicas, urbanísticas y estructurales pertinentes.
Agilización o Riesgo: El Dilema del Decreto 1166
Si bien la administración nacional justifica la medida como un paso esencial para simplificar trámites y optimizar la entrega de subsidios, especialmente en zonas rurales y municipios con limitada capacidad institucional, la disposición ha encendido las alarmas en diversos frentes.
Expertos del sector, gremios de la construcción y exdirectores han expresado su profunda preocupación. La discusión se centra en equilibrar la agilidad con la indispensable protección de los ciudadanos.
Voces de Alerta: Las Preocupaciones del Sector
Sandra Forero, actual concejal de Bogotá y expresidenta de la Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol), se ha erigido como una de las voces más enfáticas contra el Decreto 1166. Forero subraya la gravedad de la medida en un contexto donde cerca de cinco millones de hogares colombianos enfrentan un déficit habitacional.
La exlíder gremial argumenta que “desregular la exigencia de licencia significa dejar la seguridad de los hogares en manos de personas no idóneas y de los entes territoriales. Es jugar con la confianza de las familias colombianas”. Esto resalta la importancia de la licencia como un instrumento crucial para garantizar la sismo resistencia y seguridad estructural.
La concejal enfatizó que la licencia de construcción no es un mero formalismo, sino la garantía legal y técnica de que una edificación cumple con los códigos necesarios para proteger a sus ocupantes. Al sustituirla por certificaciones individuales, se abre una potencial puerta a la informalidad y a la construcción de infraestructuras vulnerables, poniendo en riesgo vidas humanas.
Implicaciones Fiscales y Contradicciones en la Política de Vivienda
El Gobierno se ha comprometido con un ambicioso plan de 400.000 mejoras de vivienda, con una inversión proyectada que supera los 12.5 billones de pesos, considerando que cada subsidio asciende aproximadamente a 32 millones de pesos. Sin embargo, hasta la fecha, solo se han desembolsado subsidios a 50.000 hogares, lo que genera interrogantes sobre el ritmo de ejecución.
Forero manifestó su alarma ante la posibilidad de que “la plata del Estado sea utilizada para financiar proyectos sin licencia, posiblemente en zonas de alto riesgo o sin cumplimiento de normas sismo resistentes”. Esta situación, según ella, representa un “riesgo fiscal y social enorme” para el erario y para la seguridad de las familias beneficiarias.
Otra arista de la crítica radica en la aparente contradicción entre esta flexibilización y el debilitamiento de programas consolidados como “Mi Casa Ya”, el cual ha experimentado recortes presupuestales significativos. “¿Cómo es posible que haya dinero para proyectos sin licencia, pero no para continuar con Mi Casa Ya?”, cuestionó Forero.
La concejal señaló que la inversión anual para 50.000 subsidios bajo el programa formal no superaría los 10.8 billones de pesos, sugiriendo una posible desalineación de prioridades en la política habitacional.
El Marco Legal del Decreto y Sus Riesgos Identificados
El Decreto 1166 modifica directamente el Decreto 1077 de 2015, introduciendo una nueva sección que detalla las condiciones para proyectos de mejoramiento, vivienda progresiva y construcción en sitio propio. La esencia es permitir estas intervenciones sin la exigencia de la licencia de construcción, que antes era ineludible bajo la Ley 388 de 1997 y la Ley 1796 de 2016.
La normativa se ampara en el artículo 51 de la Constitución Política, que consagra el derecho a una vivienda digna, y en la Ley 2079 de 2021, que insta a promover mecanismos para reducir el déficit habitacional. No obstante, la sustitución de la licencia por certificaciones ha sido el punto de quiebre en el debate.
El análisis técnico expuesto por Forero identifica tres riesgos capitales. Primero, un riesgo fiscal, donde los fondos públicos podrían ser malversados o ejecutados en obras sin el debido control técnico. Segundo, un riesgo social, que implicaría que las familias terminen habitando viviendas inseguras.
Y tercero, un riesgo estructural, al no garantizarse plenamente el cumplimiento de la Norma Colombiana de Construcción Sismo Resistente (NSR-10). A estos riesgos se añade la preocupación por la limitada capacidad técnica de muchos municipios para verificar adecuadamente las certificaciones, lo que podría conducir a fallas constructivas o actos de corrupción.
El Contexto del Déficit Habitacional en Colombia
La entrada en vigor del Decreto 1166 se da en un momento complejo para la política de vivienda del país. Las cifras del DANE revelan que Colombia arrastra un déficit de casi cinco millones de hogares, con más del 70% de estos problemas relacionados con la calidad cualitativa de la vivienda.
Estos problemas incluyen edificaciones en mal estado o sin acceso a servicios básicos esenciales. La ejecución de programas clave, tanto de vivienda nueva como de mejoramiento, ha mostrado signos de estancamiento, atribuibles a la falta de planificación y a las limitaciones presupuestales.
Para Forero, la solución no reside en reducir los controles. “El país necesita más vivienda formal y segura, no menos control. Desregular los controles no resuelve el déficit, solo agrava los riesgos”, concluyó la concejal, dejando claro que el camino hacia una vivienda digna debe priorizar la seguridad y la solidez institucional sobre la velocidad de ejecución sin garantías.
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