Una tormenta política y social se ha desatado en el país tras la entrada en vigor de un nuevo protocolo gubernamental para la intervención de la Fuerza Pública en las manifestaciones. Publicado mediante el Decreto 1525 de octubre de 2026, esta normativa ha encendido el debate nacional, generando tanto férreos defensores que ven en ella una garantía para el orden, como vehementes críticos que la califican de inconstitucional y un retroceso para el derecho fundamental a la protesta social. La polémica se agudiza al coincidir su implementación con las primeras movilizaciones masivas contra las políticas del gobierno del presidente Abelardo De La Espriella, prometiendo un escenario de confrontación legal y social sin precedentes.
El Polémico Decreto que Sacude la Protesta Social
El corazón de la controversia radica en el Decreto 1525 del 13 de octubre de 2026, una disposición que introduce modificaciones sustanciales al ya existente Decreto 003 de 2021, el cual regulaba la actuación policial en protestas. Para el ejecutivo, encabezado por el presidente Abelardo De La Espriella, la motivación detrás de esta reforma es clara y contundente: "la protesta se respeta, pero la violencia no se tolera". Este principio busca trazar una línea divisoria entre el ejercicio legítimo del derecho a la manifestación y los actos de vandalismo o alteración del orden público.
La nueva normativa establece reglas más precisas y, para algunos, más restrictivas, sobre el uso de la fuerza y los mecanismos de diálogo durante las concentraciones ciudadanas. Su entrada en vigor, precisamente el día en que diversas organizaciones sociales y sectores de la ciudadanía salían a las calles para expresar su descontento con varias políticas gubernamentales, no ha hecho más que exacerbar las tensiones y las acusaciones sobre la intencionalidad y el momento de su publicación.
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Voces a Favor: Orden y Protección para la Ciudadanía
Desde las filas afines al gobierno, la medida ha sido defendida como un instrumento necesario para salvaguardar la convivencia y el derecho de todos los ciudadanos. El representante huilense Julio César Triana, por ejemplo, ha sido enfático en aclarar que el decreto no busca coartar la protesta social. Según Triana, la confusión en torno a su alcance es deliberada por parte de los críticos. Él sostiene que el Decreto 1525 se limita a establecer un protocolo de intervención para la Fuerza Pública, enmarcado en la potestad reglamentaria del Presidente, sin usurpar las competencias legislativas del Congreso.
En la misma línea, el representante Daniel Briceño, del partido de gobierno Centro Democrático, ha manifestado que el protocolo tiene como objetivo primordial proteger las manifestaciones pacíficas y actuar únicamente contra el vandalismo y los abusos. Briceño asegura que quienes se movilizan de manera pacífica no tienen motivo alguno para preocuparse, pues las nuevas reglas están diseñadas para aplicarse a aquellos que recurren a la violencia, portan armas, obstaculizan servicios esenciales como ambulancias, agreden a periodistas o causan daños a la propiedad pública y privada. Para los defensores, este decreto es un paso firme hacia la garantía del orden sin menoscabar la libertad de expresión.
La Ola de Críticas: ¿Un Ataque a la Libertad de Expresión?
Sin embargo, la implementación del decreto ha sido recibida con una fuerte ola de rechazo por parte de la oposición y diversas organizaciones sociales. La exsenadora María José Pizarro, copresidente del partido Pacto Histórico, ha cuestionado duramente la legalidad y constitucionalidad de la medida. Pizarro se ha preguntado cómo es posible que un decreto que impacta directamente la protesta entre en funcionamiento sin que los organizadores o la propia Fuerza Pública lo conozcan a fondo, impidiendo una adecuada preparación y garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales.
Las objeciones no se detienen ahí. La representante Lourdes Mateus, también del Pacto Histórico, ha rechazado de plano cualquier intento de criminalizar la protesta pacífica bajo el pretexto de los bloqueos. Mateus advierte contra la confusión entre la "incomodidad" que una manifestación puede generar y la violencia, enfatizando que marchar, cuestionar al gobierno y ocupar pacíficamente el espacio público son derechos constitucionales inalienables. Por su parte, la senadora Jennifer Pedraza Sandoval, del partido Dignidad y Compromiso, ha calificado la medida como "regresiva e inconstitucional", argumentando que solo el Congreso, a través de una ley estatutaria, puede limitar el derecho a la protesta, no un decreto ejecutivo.
Análisis de Expertos y Antecedentes Legales
El inconformismo ha trascendido el ámbito político. La organización no gubernamental "El Veinte", dedicada a la defensa de la libertad de expresión en Colombia, ha emitido un comunicado contundente señalando la inconstitucionalidad del decreto. Según su análisis, la normativa fue elaborada sin la participación de la sociedad civil y, más grave aún, desconoce abiertamente la sentencia STC-7641-2020 de la Corte Constitucional, un fallo que sentó importantes precedentes sobre el manejo de la protesta social y los límites a la actuación de la Fuerza Pública.
Además, se ha recordado que el Decreto 003 de 2021, el cual ahora es modificado, nació precisamente como una respuesta a una orden de la Corte Suprema de Justicia para corregir los excesos de la Fuerza Pública durante las protestas de 2019. La crítica se centra en que la actual administración realizó cambios significativos en este marco legal con un periodo de consulta de apenas siete días y sin convocar a la Mesa Nacional de Garantías, un espacio clave para el diálogo y la construcción de consensos en estos temas sensibles. Los críticos alertan que el nuevo decreto reduce el diálogo y la mediación a una "simple preferencia", abriendo la puerta a la disolución de protestas pacíficas bajo el pretexto de bloqueos, una acción que, según la jurisprudencia, no constituye un delito por sí sola.
Contexto:
El panorama legal y social en torno a la protesta en Colombia se presenta, una vez más, altamente polarizado. El Decreto 1525 de 2026, al modificar el marco de actuación de la Fuerza Pública, se inscribe en una compleja historia de tensiones entre el derecho ciudadano a la manifestación y la necesidad estatal de mantener el orden. Las voces a favor y en contra reflejan profundas divergencias sobre el equilibrio ideal entre estos dos principios fundamentales en una democracia. La validez y legalidad de esta controvertida disposición presidencial serán, sin duda, objeto de escrutinio por parte de las altas cortes, mientras la ciudadanía se prepara para nuevas jornadas de movilización nacional, con una ya anunciada para el mes de noviembre.
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Cierre:
La entrada en vigor de este nuevo protocolo marca un punto de inflexión en la dinámica de la protesta social en el país. Sus implicaciones van más allá de un mero ajuste administrativo; tocan la fibra del derecho fundamental a la expresión y la participación ciudadana. El desenlace de las demandas ya anunciadas contra el decreto y la forma en que la Fuerza Pública lo aplique en las próximas movilizaciones serán determinantes para definir el futuro de la relación entre el Estado y la ciudadanía en el ejercicio de la protesta. La sociedad colombiana observa atentamente, consciente de que lo que está en juego es la fortaleza de su democracia y la garantía de sus libertades más esenciales.
La Hermosa Stereo: Más cerca de la verdad.






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