Diez años y seis meses de prisión es la condena que deberá pagar Arquímedes Mahecha Gracias por abusar sexualmente de una niña de diez años de edad, en el municipio de Santa María. La investigación inició por la denuncia del Instituto Colombiano de Bienestar familiar. “Fue la propia menor quien decidió poner en conocimiento de las autoridades lo que le estaba sucediendo…Este comportamiento constituye un poderoso indicio de autenticidad…”, dijo el juez de conocimiento”.

Rafael Rodríguez C.

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Una niña de tan solo diez años de edad, que estaba siendo víctima de abuso sexual por su vecino Arquímedes Mahecha Gracias, en el municipio de Santa María (Huila), ‘asesorada’ por las propagandas de televisión, decidió llamar a la línea de emergencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) poner en conocimiento las agresiones.

El comportamiento de la menor no solo fue la pieza clave para que el Icbf instaurara la denuncia sino para la sentencia condenatoria contra el hombre proferida por el Juez 801 Penal del Circuito Transitorio con Función de Conocimiento de Neiva, que lo halló responsable del delito de actos sexuales agravados con menor de 14 años de edad.

“La víctima compareció personalmente al juicio oral, fue interrogada y contrainterrogada por las partes y suministró información directa acerca de los hechos. En consecuencia, la declaración constituye prueba directa de cargo”, dijo el togado en la sentencia.

La investigación contra Mahecha inició tras la denuncia instaurada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familias (Icbf), el 20 de junio de 2017, en la que reveló que una niña de diez años de edad, al parecer había sido abusada sexualmente por un vecino, en la vereda El Cisne, en el municipio de Santa María. “La ha manoseado realizando tocamientos e introduciendo sus dedos en la vagina”.

En la acusación contra el hombre, el fiscal del caso manifestó que la mamá de la menor, en la entrevista del 13 de junio de 2017, indicó que se enteró de lo sucedido cuando fue llamada por la Comisaria de Familia de Santa María.

La progenitora contó que en la entidad le manifestaron que su hija había llamado a la línea del Icbf, e informó sobre los abusos de los cuales era víctima por parte del vecino, Arquímedes Mahecha.

Agregó la mujer que su hija también le contó lo sucedido con el vecino y que había recibido amenazas del agresor. “Le manifestó que si contaba lo sucedido le mataría a sus hermanos mellizos”, dijo el fiscal en la acusación al referirse a la entrevista de la mamá de la menor.

La menor en la entrevista forense a menores víctimas de abuso sexual, SATAC, en junio de 2018, indicó que Mahecha, en varias ocasiones la había manoseado en sus partes íntimas y la primera vez fue en el mes de enero de 2017, cuando tenía 10 años de edad, cursaba tercero de primaria, y fue enviada ese día a la tienda a comprar una bolsa de leche, por su mamá.

“Eran las cinco de la tarde, al pasar por la casa de Arquímedes, este la llamó diciéndole que su esposa la regalaría una ropa, al llegar a la casa él estaba solo, la ingresó a la pieza de su hija, que ella estaba parada y él arrodillado le metió los dedos en la vagina”, señaló el fiscal.

Agregó el fiscal, que en otra ocasión en horas de la noche, cuando asistió al culto, estando cerca de la casa de Arquímedes, él la llamó, la entró a la pieza le quitó la ropa, y la violó con su miembro viril.

La menor tomó la decisión de poner en conocimiento de las autoridades, las agresiones sexuales, luego de ver por televisión el procedimiento de denuncia. “Ella misma vio por televisión que se podían reportar estos casos y así llamó a la línea 141, donde reportó el caso y luego de allí informaron a la Comisaria de Familia de Santa María”, señaló el fiscal.

La menor cambió su comportamiento

En el juicio oral la hermana de la menor víctima le manifestó al Juez 801 Penal del Circuito Transitorio con Función de Conocimiento de Neiva, manifestó que después de las agresiones sexuales a la niña su conducta cambió.

“La observó distante, distraída, callada y con cambios en su estado de ánimo, presentando episodios de llanto y reacciones agresivas. Asimismo, señaló que la menor recibió atención psicológica, tras conocerse la denuncia”, señala la sentencia condenatoria contra el Arquímedes.

El cambio de comportamiento de la menor fue confirmado por su mamá en el juicio oral ante el togado, explicando que la niña se mostraba triste, lloraba con frecuencia y se aislaba. “No quería asistir al colegio, permanecía escondida bajo las cobijas y presentaba episodios de enuresis nocturna. Según su percepción, estas conductas aparecieron antes de que se revelaran los hechos”.

Relató la progenitora de la víctima que en la Comisaría de Familia de Santa María, la comisaria le informó sobre la denuncia presentada por su hija, relacionada con presuntos abusos sexuales atribuidos a Arquímedes Mahecha e indicó que su hija fue valorada por personal médico y psicológico.

Recordó que después de recibir la información por parte de las autoridades, habló con su hija, quien le confirmó los hechos y le manifestó que el acusado la había amenazado para que no contara lo sucedido, advirtiéndole que podría hacer daño a sus hermanos menores.

Sostuvo que su hija recibió atención psicológica y psiquiátrica después de la denuncia, precisando que antes de los hechos la menor no presentaba problemas de comportamiento ni afectaciones psicológicas. “El caso ha generado un profundo impacto emocional en su familia…”.

La menor, con el acompañamiento institucional, no solo confirmó al juez que el responsable de las agresiones sexuales en su contra fueron hechas por Arquímedes, sino que narró los ataques y donde ocurrieron.

Recordó que uno de los hechos ocurrió cuando se dirigió a una tienda cercana a la vivienda del acusado. “Este la llamó con el pretexto de entregarle ropa, la hizo ingresar a su casa, cerró la puerta y le exigió que permitiera que hiciera lo que él quería…”.

El segundo ataque sexual ocurrió cuando se dirigía sola al colegio, se encontró con el acusado en el camino, este le impidió el paso y agredió físicamente. “La golpeó nuevamente en la vagina con la pierna e intentó repetir la conducta de introducirle los dedos, lo que efectivamente ocurrió…”, dijo la niña.

Explicó que no informó los hechos a sus padres porque Arquímedes la había amenazado con hacer daño o matar a su familia si contaba lo sucedido. Debido a ese temor, decidió comunicarse por iniciativa propia con la línea 141, cuyo número conoció a través de la televisión y relató lo ocurrido a la funcionaria.

“La llamada la realizó a los 2 o 3 días de los hechos y según su recuerdo, hubo tres actos de agresión dentro de un mismo episodio: primero un golpe en sus partes íntimas, luego la introducción de los dedos en la vagina y, finalmente, la violación con el miembro viril”, manifestó el fiscal.

En la valoración médica, el galeno halló heridas leves en la piel. “Durante el examen físico encontró escoriaciones en la cara interna de los muslos de la menor por debajo de la parte inguinal, correspondientes a entre 5 a 10 días de realizadas y en el examen sexológico no evidenció, ni halló signos de trauma en las regiones vaginal o anal de la paciente y encontró himen íntegro, elástico”, manifestó Richard Parra Quiroz, médico que atendió a la menor de 10 años, en el servicio de urgencias.

La psicóloga Sonia Velandia Ortiz, de la Comisaria de Familia de Santa María, manifestó que en la valoración que le practicó a la menor, fue posible comprender las circunstancias de afectación que dieron lugar a la actuación de protección de derechos.

“Como producto de la evaluación realizada con el acompañamiento de la madre de la menor, consignó en su informe que la adolescente presentaba mucha timidez y miedo, así como una leve alteración de la memoria a largo plazo, precisando que dicha apreciación surgió porque, al momento de la entrevista, la menor no recordaba con claridad algunos hechos relacionados con un accidente de tránsito ocurrido meses atrás, circunstancia que le permitió advertir una ligera dificultad para evocar determinados acontecimientos pasados”, explicó.

La perita del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la psicóloga Claudia Patricia Vargas Cedeño, explicó que una vez contrastó las manifestaciones de la menor con las entrevistas, informes médicos y demás documentos, encontró que existía una idea central coherente y uniforme acerca de los hechos denunciados.

Sostuvo que al abordar las consecuencias psicológicas observadas, concluyó que después de los hechos la menor presentó alteraciones emocionales y comportamentales compatibles con afectación        psicológica. “Agresividad, aislamiento, episodios frecuentes de llanto, ansiedad y conductas regresivas, particularmente enuresis, manifestaciones que, según señaló, repercutían en su funcionamiento familiar y social”.

Indicó que las conclusiones propias de una valoración psicológica forense no constituyen afirmaciones de certeza absoluta, sino apreciaciones técnicas de carácter probabilístico sustentadas en el análisis integral de la información disponible.

El procesado, Arquímedes Mahecha Gracias, renunció a su derecho a guardar silencio en el juicio oral, y negó ante el juez que haber realizado actos sexuales o tocamientos indebidos a la menor.

Sostuvo que las acusaciones en su contra son falsas y obedecen, a un supuesto interés de despojarlo del inmueble que ocupa junto con su familia.

La menor, de diez años de edad, fue quien denunció las agresiones sexuales que sufrió. Llamó a la línea del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf).

La menor víctima ‘denunció’

“Del análisis integral del material probatorio practicado en juicio, el despacho concluye que la Fiscalía logró acreditar, más allá de toda duda razonable…la responsabilidad penal de Arquímedes Mahecha Gracias en los hechos objeto de acusación”, dijo el juez en la sentencia.

Sostuvo el togado que la valoración probatoria, se realizó con enfoque de género y enfoque diferencial de niñez. “Herramientas interpretativas que no constituyen privilegios probatorios ni relevo de las exigencias de demostración propias del proceso penal, sino mecanismos destinados a evitar que los prejuicios, estereotipos o expectativas irreales sobre el comportamiento de las víctimas de violencia sexual conduzcan a conclusiones injustas o contrarias a la realidad empírica de este tipo de delitos”, explicó.

Indicó el operador judicial que el elemento probatorio de mayor relevancia fue la declaración de la víctima, quien compareció al juicio. “La menor realizó un relato espontáneo, detallado y coherente acerca de las agresiones sexuales de las cuales afirmó haber sido víctima por parte de Arquímedes Mahecha, identificándolo de manera inequívoca como la persona que ejecutó los actos denunciados”.

Señaló que la víctima describió dos episodios específicos en los que el acusado aprovechó contextos de aislamiento y cercanía para someterla a actos de contenido sexual. “Durante su declaración mantuvo invariable la identidad del agresor, la naturaleza de los actos ejecutados y las circunstancias generales en las que ocurrieron”.

La credibilidad de la víctima, explicó el juez, encuentra respaldo en la forma como se produjo la revelación de los hechos por ella misma. “La denuncia no surgió de una iniciativa de sus padres ni de terceros adultos, fue la propia menor quien decidió comunicarse con la línea 141 y poner en conocimiento de las autoridades lo que le estaba sucediendo… Este comportamiento constituye un poderoso indicio de autenticidad, pues evidencia una revelación espontánea originada directamente en la víctima y no en presiones o influencias externas”.

A la declaración de la menor, se suma que los testimonios de familiares, quienes observaron cambios significativos en su comportamiento, incluso antes de conocerse la denuncia. “Coincidieron en describir episodios de tristeza, aislamiento, llanto frecuente, alteraciones emocionales, resistencia a asistir al colegio y conductas regresivas como la enuresis nocturna”, dijo el juez.

Indicó el operador judicial que el cambio en el comportamiento de la menor fue corroborado en la evaluación hecha por la perita psicóloga forense Claudia Patricia Vargas Cedeño, debido a que la profesional concluyó que la menor presentó manifestaciones psicológicas compatibles con afectación emocional derivada de los hechos investigados, tales como ansiedad, aislamiento, llanto frecuente, agresividad y conductas regresivas.

“Destacó que al contrastar las diferentes entrevistas e informes que reposaban en el expediente, encontró una idea central uniforme acerca de la identidad del agresor y la naturaleza de los actos denunciados”, sostuvo el togado.

Sostuvo el juez que la defensa del procesado no tiene razón al señalar que la condena descansaría exclusivamente sobre prueba de referencia. “La víctima compareció personalmente al juicio oral, fue interrogada y contrainterrogada por las partes y suministró información directa acerca de los hechos. En consecuencia, la declaración constituye prueba directa de cargo”.

Explicó que los testimonios de familiares y profesionales no fueron utilizados para sustituir su relato, sino como elementos de corroboración.

Valoradas las pruebas, concluyó el juez que Arquímedes Mahecha Gracias realizó actos de contenido sexual sobre la menor, y lo condenó a una pena de 12 años y 6 meses de prisión al hallarlo responsable del delito de actos sexuales con menor de 14 años agravado.

El togado ordenó la captura del hombre una vez en firme la sentencia condenatoria.