La Corte Constitucional se encuentra ante el umbral de una de las decisiones más trascendentales del año. En juego está la posible suspensión provisional de los decretos expedidos bajo la emergencia económica, declarada por el presidente Gustavo Petro el pasado diciembre. Un movimiento audaz que podría redefinir el panorama económico nacional.Los magistrados Carlos Camargo y Juan Carlos Cortés, quienes lideran este crucial proceso, han presentado una solicitud formal ante la Sala Plena. Su objetivo es frenar de manera cautelar tanto el decreto ‘madre’ de la emergencia como aquel que dio origen a nuevos impuestos, generando un terremoto en el ámbito político y económico del país.Una propuesta que será sometida a debate la próxima semana y que requiere el apoyo de al menos cinco de los nueve magistrados para prosperar. De ser aprobada, esta suspensión no implicaría un veredicto definitivo sobre la constitucionalidad de la emergencia, pero sí congelaría de inmediato sus efectos mientras la Corte emite un fallo de fondo. Una medida cautelar con repercusiones inmediatas.
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Los Argumentos Explosivos de la Ponencia
La ponencia, un documento de 86 páginas, desvela tres razones centrales que justifican esta medida cautelar. Primeramente, alerta sobre la existencia de un daño irreparable derivado de la aplicación de los decretos, un riesgo inminente para la estabilidad y el bienestar de los ciudadanos.

En segundo término, la propuesta plantea una contundente acusación: el Gobierno habría incurrido en una flagrante usurpación de funciones del Congreso. Al imponer cargas tributarias mediante decretos con fuerza de ley, se habría extralimitado en sus atribuciones, desafiando el equilibrio de poderes.

Finalmente, la ponencia subraya que la suspensión permitiría evitar daños futuros incalculables, asociados directamente a los nuevos impuestos establecidos durante esta emergencia. Se argumenta que la declaratoria del estado de excepción ignoraría la reserva de ley y la autonomía del Legislativo. Esto, al utilizar la figura de la emergencia para suplir decisiones que corresponden exclusivamente al Congreso, incluso después de que este ya había rechazado iniciativas similares. La ponencia concluye que no se acreditaron las condiciones de imprevisibilidad y gravedad exigidas por la Constitución para justificar tal emergencia.

Tensión Interna: Un Debate al Rojo Vivo en la Corte
El análisis presentado a la Sala Plena no es solo jurídico, sino también un reflejo de la profunda división. Incluye conceptos y testimonios de más de diez exministros de Hacienda, académicos y expertos, quienes coinciden: los requisitos constitucionales para declarar la emergencia no se cumplían.

Sin embargo, el escenario se complicó aún más con un giro inesperado. El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presentó un impedimento para participar en el debate, apenas minutos antes de que se conociera la solicitud de suspensión. Un movimiento que ha generado especulaciones y tensiones internas.La eventual ausencia de Ibáñez del debate podría desembocar en un preocupante empate de cuatro votos contra cuatro. Este escenario paralizaría la decisión, al no alcanzarse la mayoría requerida, y forzaría la designación de un conjuez para destrabar el fallo. Una situación que podría retrasar aún más un pronunciamiento urgente.

El Laberinto del Impedimento y la Medida Cautelar
El magistrado Ibáñez ha solicitado que sea la propia Sala Plena quien determine su participación, tras una recusación del Gobierno. Este lo acusa de haberse pronunciado previamente sobre el sustento jurídico de la emergencia en una entrevista del 19 de enero, aunque Ibáñez defiende que solo explicó el procedimiento sin emitir juicio de fondo.

Mientras se resuelve este complejo impedimento, la Corte también deberá votar la medida cautelar solicitada por Camargo y Cortés. La petición del magistrado Cortés, según se ha conocido, sería parcial y se enfocaría en impuestos indirectos, como el IVA del 19% a las bebidas alcohólicas y a las apuestas en línea.De aprobarse, este sería un hito sin precedentes en la historia constitucional del país. Sería la primera vez que la Corte utiliza una suspensión provisional de esta magnitud para frenar la aplicación de decretos de emergencia, bajo la presunción de una posible arbitrariedad. Una decisión que marcará un antes y un después.

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