El calendario tributario en la capital no da tregua, marcando una fecha crucial para miles de contribuyentes. La Secretaría Distrital de Hacienda ha lanzado una advertencia: el plazo para declarar y pagar la retención del impuesto de Industria y Comercio (ReteICA) del primer bimestre de 2026 (enero y febrero) vence este viernes 20 de marzo.
Cumplir a tiempo es vital para evitar cuantiosas sanciones e intereses moratorios que pueden afectar seriamente su bolsillo. Además, garantiza que el Distrito siga recibiendo los recursos esenciales para financiar obras públicas y servicios cruciales para todos los ciudadanos.
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La entidad ha insistido en la importancia de realizar este trámite con la debida anticipación. Así se evitan congestiones en los sistemas y se asegura un proceso fluido, sin contratiempos de última hora.

Canales disponibles para declarar y pagar
Desde la Secretaría se han habilitado diversas alternativas para facilitar el cumplimiento de esta obligación fiscal. Pablo Verástegui, director de Impuestos de la entidad, ha detallado los canales oficiales a disposición de los contribuyentes.
El proceso puede realizarse de forma totalmente virtual a través de la plataforma Pagos Bogotá. Allí, los usuarios tienen la opción de pagar mediante PSE o por transferencia bancaria, integrando declaración y pago en un único y eficiente proceso.
El uso de estas herramientas digitales busca optimizar tiempos y simplificar el acceso al sistema. Esto es especialmente beneficioso para quienes deben cumplir con esta obligación de manera periódica, garantizando mayor agilidad.
Qué es el ICA y cómo se calcula
El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es un tributo municipal ineludible para personas y empresas. Este aplica a quienes desarrollan actividades económicas dentro de una ciudad, ya sea por la venta de bienes o la prestación de servicios.
Este impuesto se liquida sobre los ingresos brutos, lo que implica que su cálculo no depende de las utilidades obtenidas. En cambio, se basa en el total de ingresos generados durante el periodo correspondiente, variando según el nivel de actividad económica.

En Bogotá, las tarifas del ICA oscilan entre el 0,2 % y el 1,4 %, en función del tipo de actividad económica que se realice. La periodicidad de pago puede ser mensual, bimestral o anual, dependiendo de la clasificación específica del contribuyente.
Quiénes deben cumplir con el ReteICA
El vencimiento establecido para este viernes 20 de marzo aplica específicamente para los agentes retenedores del ICA. Este grupo incluye a entidades públicas, grandes contribuyentes definidos por la DIAN y empresas designadas por la Resolución DDI-000305 de 2020.
También se incluyen algunos intermediarios que participan activamente en operaciones económicas dentro de la ciudad. Estos actores tienen la obligación de practicar la retención del impuesto en las transacciones y, posteriormente, trasladar esos recursos a la administración distrital dentro de los plazos definidos.
La Secretaría de Hacienda reitera que cumplir con esta obligación en el tiempo establecido evita costos adicionales y asegura el correcto reporte de la información tributaria. Los canales virtuales siguen siendo la principal opción para realizar la declaración y el pago del ReteICA.
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